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Qué es articular

La articulación está contemplada en el artículo 18 de la de la Ley Federal de Educación, que determina que los niveles, ciclos y regímenes que conforman el sistema educativo se deben articular para facilitar el pasaje y la continuidad y asegurar la movilidad horizontal y vertical de los alumnos. Por su parte, la Ley de Educación Superior indica que la articulación tiene por fin facilitar el cambio de modalidad, orientación o carrera, la continuación de los estudios en otros establecimientos, así como la reconversión de los estudios concluidos.
Se habla de “articulación horizontal” cuando el objetivo es generar movilidad entre las universidades por medio de semejanzas en los diseños curriculares y equivalencia en la calidad académica, en tanto es “vertical” cuando la relación se establece entre la universidad y la escuela y la mira apunta a enfrentar la deserción de los alumnos que recién ingresan en la facultad. En esta última modalidad la UNSJ también ha de sarrollado proyectos, financiados por la SPU.