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Edición N° 59 - Año IX - Noviembre de 2012    

ADECUACIÓN DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN

El 7D también amanecerá en San Juan

El flamante coordinador de la Delegación San Juan de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Daniel Torre, dialogó con Revista La Universidad. Dijo que en la provincia la mayoría de los medios está en condiciones de irregularidad y que deberán adecuarse a la Ley 26.522, de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Por Fabián Rojas

El 7D también amanecerá en San Juan

Desde hace días la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) - Delegación San Juan tiene como flamante coordinador a Daniel Torre. En diálogo con Revista La Universidad, el funcionario se preocupó en subrayar que algunos de los grupos que en el país no cumplen con el proceso de adecuación a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) también están en San Juan. "En la AFSCA - San Juan estamos haciendo un estudio minucioso de todas y cada una de las licencias de la provincia. A su vez, en la AFSCA nacional se ha reconstruido un mapa del cual surge que hay 25 grupos multimedios que están excedidos de licencias en el país y por tanto están incumpliendo la ley. De esos grupos, algunos actúan en San Juan y tienen que realizar el proceso de adecuación previsto en el Artículo 161º de la LSCA. La mayoría de los medios de San Juan está en situación irregular. Sea por condiciones de empleo, por cuestiones impositivas o de licencias, hay irregularidades", dijo, categórico, Daniel Torre.
El 7 de diciembre próximo (mediáticamente apocopado como 7D), de acuerdo al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, vence la vigencia de la medida cautelar que permitía al Grupo Clarín no cumplir con la Ley 26.522. La Corte estableció que ese día culmina el plazo para que, tal como ordena el Artículo 161º de la LSCA, los titulares de licencias se ajusten a uno de los mandatos más importantes de la normativa, el Artículo 45º, el cual establece limitaciones a la concentración de licencias "a fin de garantizar los principios de diversidad, pluralidad y respeto por lo local". Pero en realidad el 7D será un punto de inflexión para todo el universo de los medios audiovisuales argentinos, porque al día siguiente la LSCA comenzará a regir íntegramente. Por tanto, San Juan también será tierra de imperio de esa ley centrada en los derechos humanos y que democratiza la comunicación, la cual fue sancionada hace tres años y que, salvo sus artículos 45º y 161º, nunca dejó de estar en vigencia.

Radio y TV en San Juan

La LSCA, en su Artículo 45 (Multiplicidad de licencias), dice que, en el orden local (provincias), en cuanto a radios, una persona de existencia visible o ideal podrá tener:
a) Hasta una (1) licencia de radiodifusión sonora por modulación de amplitud (AM); b) Una (1) licencia de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia (FM) o hasta dos (2) licencias cuando existan más de ocho (8) licencias en el área primaria de servicio.

"No venimos a perseguir a nadie. Simplemente hay que adecuarse a una ley que está vigente desde hace tres años", sostiene el titular de la AFSCA San Juan, Daniel Torre.

Respecto de televisión, ese Artículo ordena: a) Hasta una (1) licencia de radiodifusión televisiva por suscripción, siempre que el solicitante no fuera titular de una licencia de televisión abierta; b) Hasta una (1) licencia de radiodifusión televisiva abierta siempre que el solicitante no fuera titular de una licencia de televisión por suscripción.
Esto quiere decir que un licenciatario puede tener en San Juan hasta un canal de TV de aire, una radio AM y una FM; o un servicio de TV por cable, una radio AM y una FM. Pero no podrá tener un servicio de TV por cable y un canal de TV de aire a la vez. "Quien tenga tres unidades diferentes, deberá hacer de ellas unidades productivas separadas. Es decir, cada unidad deberá tener su propio estudio, su propio directorio, trabajadores, generación de contenidos, etc. Eso es parte de la riqueza de esta Ley, porque esto triplica los puestos de trabajo, las utilidades y los ingresos tributarios", evaluó Torre.

Bombardeo publicitario

Escuchar radios o mirar canales locales en San Juan en muchísimos casos es resignar los sentidos, tal vez involuntariamente, a un afiebrado ataque publicitario. La LSCA dispone, respecto de la publicidad en Radiodifusión sonora, que lo permitido de publicidad será de "hasta un máximo de catorce (14) minutos por hora de emisión". En relación a la TV abierta, "hasta un máximo de doce (12) minutos por hora de emisión", y "un máximo de ocho (8) minutos por hora" en el caso de señal de generación propia de los licenciatarios de TV por suscripción. "Los incumplimientos de estos dictámenes constarán en un registro de infracciones que se enviará a la AFSCA central. Desde San Juan, nosotros grabaremos las infracciones y las enviaremos a Buenos Aires. De todas maneras, esto es un proceso que se irá perfeccionando con el tiempo", explicó el titular de la AFSCA.

Reunión con todos

En cuanto a la diversidad cultural que propone la LSCA, Torre dijo que la AFSCA provincial tiene previstas varias reuniones con organizaciones de pueblos originarios de San Juan. Pero no sólo eso, porque la normativa incluye a todos los sectores de la sociedad. "En todo lo que tiene que ver con grupos originarios, con el Consejo Asesor de la Comunicación Audiovisual y la Infancia y las radios comunitarias -señaló Torre-, vamos a firmar convenios marco y organizar jornadas de capacitación, para que esos sectores puedan tener instrumentos que les permitan crear sus propuestas comunicacionales".
Esas propuestas comunicacionales deberán relacionarse con el fomento de la diversidad y contenidos regionales y locales que establece la LSCA. Por ejemplo, para las radios de privados y no estatales la normativa ordena que deben cumplir "un mínimo del cincuenta por ciento de producción propia que incluya noticieros o informativos locales".

El tercio sin fines de lucro

El 33 por ciento que prevé la LSCA para los prestadores privados sin fines de lucro (uno de los tres tercios previstos por la Ley en cuanto a tipo de prestadores de servicios), para radio o TV, podrá operar en San Juan, de acuerdo a lo que sostuvo Daniel Torre. "Sí se puede hacer, pero va a depender de la disponibilidad del espectro. Hay que recordar que las emisoras de alta potencia tienen que concursar para obtener licencia, en cambio las de baja potencia no. Por otra parte, los prestadores privados sin fines de lucro pueden hacer publicidad, pero deberán reinvertir en infraestructura o abono de sueldos o lo que sea necesario para el medio de comunicación", refirió.

Espectro radioeléctrico

La LSCA establece en su Artículo 7º que "corresponde al Poder Ejecutivo nacional, a través de la autoridad de aplicación de la presente ley, la administración, asignación, control y cuanto concierna a la gestión de los segmentos del espectro radioeléctrico destinados al servicio de radiodifusión". Y una nota referida a ese artículo refiere que "la Relatoría de Libertad de Expresión de la OEA entiende que los Estados en su función de administradores de las ondas del espectro radioeléctrico deben asignarlas de acuerdo a criterios democráticos que garanticen una igualdad de oportunidades a todos los individuos en el acceso a los mismos. Esto precisamente es lo que establece el Principio 12 de la Declaración de Principios de Libertad de Expresión".
Justamente en pos de esos criterios democráticos es que la AFSCA debe ordenar el espectro para lograr el acceso igualitario al espectro radioeléctrico, pero dentro de los preceptos de la ley. Torre dijo que las radios que no cumplan con la ley deberán quedar afuera."Hay 150 radios en un espacio que es para 80. Por eso hay que ordenar el espectro empezando a hacer cumplir la ley a rajatablas. No cumplirla es que no tributen a la AFIP, que tengan trabajadores sin registrar, que no hayan concursado y no tengan siquiera licencia precaria. Hoy existe una ley vigente desde hace tres años, más allá de la cautelar interpuesta por Clarín por el Artículo 161", concluyó Daniel Torre.

 

San Juan en el Consejo Federal de Comunicación

Los representantes de San Juan ante el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual (COFECA) son Luis Fernando Márquez (titular) y Luis Alberto Amin (suplente). Algunas de las funciones del COFECA, creado por el Artículo 15º de la LSCA, son colaborar y asesorar en el diseño de la política pública de radiodifusión; proponer pautas para la elaboración de los pliegos de bases y condiciones para los llamados a concurso o adjudicación directa de licencias; brindar a la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual un informe anual sobre el estado de cumplimiento de la ley y del desarrollo de la radiodifusión en la República Argentina; convocar anualmente a los integrantes del directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, a efectos de recibir un informe pormenorizado de gestión.

Generar en conjunto

El Artículo 124º de la LSCA crea el Consejo Consultivo Honorario de los Medios Públicos, "que ejercerá el control social del cumplimiento de los objetivos de la presente ley por parte de Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado y funcionará como ámbito consultivo extraescalafonario de la entidad". Daniel Torre adelantó: "En San Juan vamos a impulsar consejos consultivos para que participen los gremios de prensa y televisión y la carrera de Comunicación Social de la Facultad de Ciencias Sociales de la UNSJ. Buscaremos que se involucre Radio Nacional San Juan, Radio Universidad, periodistas, representantes del Consejo Federal de Comunicación, Ruperto Godoy, que es miembro de la Comisión Bicameral que ordena la LSCA, y todos los sectores que sean necesarios para generar un plan de acción conjunto de cara a la aplicación de la ley". La idea es que este consejo tenga reuniones periódicas, al menos una vez por mes, según dijo Torre.

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