La Ley Nacional de Salud Mental recientemente sancionada comporta un avance cualitativo e innovador en materia de dignidad y concepción del ser humano como un otro/a significativo/a, más allá de las limitaciones inherentes a la especie. Texto y espíritu de la ley se enmarcan en “instrumentos internacionales de Derechos Humanos” y, según interpreto, remiten al concepto de resiliencia: capacidad de focalizar los aspectos positivos de la persona como vehículo en la construcción superadora de los cambios y adversidades de la vida, destacando las fortalezas sin desconocer las debilidades.
Tópicos principales de la ley
La ley parte de la “presunción de capacidad” de la persona y no de la incapacidad, noción comprometida con la concepción de resiliencia, en la que se acentúa la potencialidad en lugar de la carencia. Integra la concepción psico-socio-política a la dimensión biológica de cada ser humano, contribuyendo a una mirada holística e integrada de la persona como sujeto de derechos, e incluye la problemática de las adicciones como parte de las políticas de Salud Mental.
También es abarcativa en cuanto a los ámbitos de aplicación: extiende su atención a los efectores públicos como privados, lo cual resulta por demás trascendente pues los padecimientos y discapacidades (mentales) no han sido ajenos al comercio desmedido imperante en el contexto neoliberal. Al legitimar el trabajo interdisciplinario, contribuye explícitamente a la de-construcción del modelo médico hegemónico con sus arbitrarios andamiajes, sostenido en la vulnerabilidad de algunos/as que anula sus potencialidades y recursos.
Además, promueve la autonomía del/a padeciente mental, quedando explícita la noción de derecho que posee cada persona, y rescatando sus facultades en lugar de sus dificultades. Por otra parte, revaloriza los lazos afectivos: familiares y comunitarios, que constituyen la esencia de los procesos de recuperación y salud. Al recobrar y/o generar esas redes primarias, la ley propende a la reconstrucción de aquel existente actual fragmentado: lo comunitario como soporte y vértebra de los procesos tendientes a la salud.
Asimismo provee amparo legal al/la padeciente frente a procedimientos indebidos, teniendo en cuenta la concepción del ser humano como ser construido con derechos, y alerta sobre el cuidado especial hacia el/la padeciente y la obligación del Estado al respecto; otorga importancia al trato de digno y su permanente promoción, con el compromiso de velar constantemente en beneficio de quien sufre, y la validez del informe acerca de la situación que implica tanto a profesionales como a otros/as integrantes del equipo de salud; e insta a la participación e involucramiento de diversos actores sociales a través de la creación del Órgano de Revisión.
Integración social y personalización
A propósito de de-construcción de modelos hegemónicos, iatrogénicos y esclerotizantes, la responsabilidad compartida en la intersección de sectores y disciplinas pretende no ya la “intervención” médica exclusiva sino la contribución humana en la plena consciencia de que él/ella también soy yo.
En suma, esta ley tiende a abolir dispositivos de disciplinamientos de la modernidad, en cuyo período se consolidó una perversa lógica de encierro. La despatologización, desmedicalización, desjudialización, desestigmatización, desmanicomialización que promueve la ley contribuye a la desarticulación del insalubre constructo moderno que devino en “despersonalización”.
En tanto las instituciones “son ámbitos por donde circulan diversas formas de violencia física y discursiva” (G. Kaminsky), estoy convencida de que desmontar, desnaturalizar, transfigurar, problematizar las visiones existentes instituidas y legitimadas, científica, jurídica y políticamente, implica un gran esfuerzo mental y afectivo, por ende cultural.
Ahora bien, “sin integración social no hay horizonte para la salud mental” (E. Galende), y sin condiciones básicas para la subsistencia es imposible pensar en identidad-subjetividad-personal-comunitaria saludable. Reflexionar acerca del potencial de aquellas personas vulneradas, demanda una calidad humana con capacidad de autocrítica y humildad, para compartir saberes y des-saberes con aquellos actores que históricamente no han tenido voz y menos licencia para expresar su visión en la búsqueda de cicatrizar sus heridas. No es otra cosa que la búsqueda de un sentido pleno de la vida para continuar viviendo. |