edición 51
AÑO VIII - Nº 51 | marzo de 2011
análisis - opinión
La Nueva Ley de Salud Mental
en el marco de los Derechos Humanos
La autora de la nota analiza para Revista La Universidad la nueva ley de Salud Mental, rescata el concepto de resiliencia e invita a un “gran esfuerzo mental y afectivo, por ende cultural”, para “desmontar” y “problematizar las visiones existentes”.
Escribe:
Tamara Abigail Bitar
Licenciada en Trabajo Social | Especialista en Atención Primaria de la Salud
Docente de Epistemología e investigadora
del Instituto de Investigaciones Socioeconómicas de la FACSO - UNSJ
Contacto: tamaraabigailbitar@gmail.com

La Ley Nacional de Salud Mental recientemente sancionada comporta un avance cualitativo e innovador en materia de dignidad y concepción del ser humano como un otro/a significativo/a, más allá de las limitaciones inherentes a la especie. Texto y espíritu de la ley se enmarcan en “instrumentos internacionales de Derechos Humanos” y, según interpreto, remiten al concepto de resiliencia: capacidad de focalizar los aspectos positivos de la persona como vehículo en la construcción superadora de los cambios y adversidades de la vida, destacando las fortalezas sin desconocer las debilidades.

Tópicos principales de la ley

La ley parte de la “presunción de capacidad” de la persona y no de la incapacidad, noción comprometida con la concepción de resiliencia, en la que se acentúa la potencialidad en lugar de la carencia. Integra la concepción psico-socio-política a la dimensión biológica de cada ser humano, contribuyendo a una mirada holística e integrada de la persona como sujeto de derechos, e incluye la problemática de las adicciones como parte de las políticas de Salud Mental.
También es abarcativa en cuanto a los ámbitos de aplicación: extiende su atención a los efectores públicos como privados, lo cual resulta por demás trascendente pues los padecimientos y discapacidades (mentales) no han sido ajenos al comercio desmedido imperante en el contexto neoliberal. Al legitimar el trabajo interdisciplinario, contribuye explícitamente a la de-construcción del modelo médico hegemónico con sus arbitrarios andamiajes, sostenido en la vulnerabilidad de algunos/as que anula sus potencialidades y recursos.
Además, promueve la autonomía del/a padeciente mental, quedando explícita la noción de derecho que posee cada persona, y rescatando sus facultades en lugar de sus dificultades. Por otra parte, revaloriza los lazos afectivos: familiares y comunitarios, que constituyen la esencia de los procesos de recuperación y salud. Al recobrar y/o generar esas redes primarias, la ley propende a la reconstrucción de aquel existente actual fragmentado: lo comunitario como soporte y vértebra de los procesos tendientes a la salud.
Asimismo provee amparo legal al/la padeciente frente a procedimientos indebidos, teniendo en cuenta la concepción del ser humano como ser construido con derechos, y alerta sobre el cuidado especial hacia el/la padeciente y la obligación del Estado al respecto; otorga importancia al trato de digno y su permanente promoción, con el compromiso de velar constantemente en beneficio de quien sufre, y la validez del informe acerca de la situación que implica tanto a profesionales como a otros/as integrantes del equipo de salud; e insta a la participación e involucramiento de diversos actores sociales a través de la creación del Órgano de Revisión.

Integración social y personalización

A propósito de de-construcción de modelos hegemónicos, iatrogénicos y esclerotizantes, la responsabilidad compartida en la intersección de sectores y disciplinas pretende no ya la “intervención” médica exclusiva sino la contribución humana en la plena consciencia de que él/ella también soy yo.

En suma, esta ley tiende a abolir dispositivos de disciplinamientos de la modernidad, en cuyo período se consolidó una perversa lógica de encierro. La despatologización, desmedicalización, desjudialización, desestigmatización, desmanicomialización que promueve la ley contribuye a la desarticulación del insalubre constructo moderno que devino en “despersonalización”.
En tanto las instituciones “son ámbitos por donde circulan diversas formas de violencia física y discursiva” (G. Kaminsky), estoy convencida de que desmontar, desnaturalizar, transfigurar, problematizar las visiones existentes instituidas y legitimadas, científica, jurídica y políticamente, implica un gran esfuerzo mental y afectivo, por ende cultural.
Ahora bien, “sin integración social no hay horizonte para la salud mental” (E. Galende), y sin condiciones básicas para la subsistencia es imposible pensar en identidad-subjetividad-personal-comunitaria saludable. Reflexionar acerca del potencial de aquellas personas vulneradas, demanda una calidad humana con capacidad de autocrítica y humildad, para compartir saberes y des-saberes con aquellos actores que históricamente no han tenido voz y menos licencia para expresar su visión en la búsqueda de cicatrizar sus heridas. No es otra cosa que la búsqueda de un sentido pleno de la vida para continuar viviendo.

Copyright © 2004 - 2011 Revista La Universidad | Universidad Nacional de San Juan - Argentina | Todos los derechos reservados | revista@unsj.edu.ar