AÑO IV - Nº32 - DICIEMBRE 2007  

Carrera Académica
un desafío abierto, una tarea pendiente

LA UNSJ NO CUENTA CON UN SISTEMA EFECTIVO QUE REGULE LAS CONDICIONES DE INGRESO, PERMANENCIA Y PROMOCIÓN DE SUS PROFESORES, SISTEMA QUE SUELE LLAMARSE CARRERA ACADÉMICA O DOCENTE. TAMPOCO TIENE UN RÉGIMEN APROPIADO PARA MOTIVAR EL MEJORAMIENTO DE LA PRÁCTICA ACADÉMICA DE SUS DOCENTES Y, AL MISMO TIEMPO, EVALUAR PERIÓDICAMENTE SU DESEMPEÑO. SE TRATA DE UNA FALENCIA COMPARTIDA CON MUCHAS UNIVERSIDADES ARGENTINAS QUE ATENTA CONTRA LA CALIDAD INSTITUCIONAL.

Toda normativa que regule las condiciones de ingreso, permanencia y promoción de un docente en una institución educativa es, básicamente, lo que se denomina carrera académica (CA) o carrera docente. La CA se concibe, entonces, como una trayectoria que realiza el docente desde el momento en el que ingresa en una institución hasta que se retira de ella, en pos de una superación profesional y en acuerdo con el interés institucional de garantizar calidad en la educación que imparte.
Pueden existir infinidad de modelos de CA, pero el más conveniente será siempre aquel que le garantice al docente, una vez adentro del sistema, contar con la posibilidad de aspirar a mejorar su dedicación o categoría en un tiempo razonable, para lo cual deberá revalidar sus condiciones profesionales en instancias evaluadoras. Ese procedimiento deberá ser, además, transparente, democrático y regulado por criterios estrictamente académicos.

Con diferentes matices, la historia de controlar el poder emancipador de las universidades se repetiría en el país tras los golpes de Estado del ‘30, ‘43, ‘55, ‘66 y ‘76.

La UNSJ no tiene un instrumento normativo que se ajuste cabalmente a este concepto de carrera. La situación no es desconocida por su dirigencia que, en diferentes momentos históricos, coincidió en la necesidad de generar un nuevo marco reglamentario para el ingreso, permanencia y promoción de los profesores. Sin embargo, por distintas razones nunca prosperó un proyecto con ese fin; el último intento se quedó en el camino en abril de este año. Pero este no es un problema de propiedad exclusiva de la UNSJ.
Varias instituciones universitarias del país están en condiciones similares, muchas de las cuales se encuentran abocadas a buscar una solución. Es que los 24 años de democracia ininterrumpida en el país crean para el sistema universitario condiciones de estabilidad política que nunca antes existieron y que no puede dejar de aprovecharse.
A diferencia de lo que ocurrió en otros tiempos, las condiciones para discutir un régimen de carrera académica eficiente, buscar consensos y, finalmente, legislar parecen estar dadas. Al menos eso parece indicar la experiencia histórica.


Según pasan los años

La Reforma

A principios del siglo XX, los miembros de los consejos académicos de las pocas casas de estudios superiores que existían en el país se constituían con hombres destacados provenientes de los poderes del Estado y de los círculos empresariales. Las designaciones las realizaba directamente el presidente de la Nación.
Lo mismo ocurría con los profesores, que por entonces se clasificaban en dos grandes categorías: titulares y suplentes. Los primeros eran designados, por lo general, por criterios políticos y permanecían en el cargo a perpetuidad. Los segundos no cobraban por sus clases y debían afrontar procesos rigurosos de selección. Además, su condición de suplente no conllevaba ningún privilegio para convertirse en el futuro en profesores titulares, lo que manifestaba la ausencia de una auténtica carrera académica.
En 1918 la huelga general de los estudiantes de Córdoba, cuestionando el carácter elitista, conservador y oligárquico del gobierno universitario, y la posterior intervención por parte del presidente Yrigoyen darían lugar a lo que se conoce como “La Reforma Universitaria”. Gobiernos compartidos por profesores, alumnos y -en algunos casos-  graduados, todos elegidos por sus pares, cátedras libres y asistencia voluntaria a clases fueron algunos de los principios que aquella reforma introdujo en los estatutos de las principales universidades del país. Por aquellos años se inició un lento proceso de renovación docente, aunque la cuestión medular del sistema de designación no se modificó, ya que los titulares siguieron siendo designados por el Poder Ejecutivo. También se creo la categoría de profesor auxiliar, mientras que la categoría “suplente” –tiempo después llamada “adjunto”- pasó a ser rentada y se estableció que una cátedra podía tener hasta tres profesores en esa condición (suplente).
Por esos años se registra el primer antecedente histórico de una carrera académica universitaria, fue en la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires (UBA). Allí se sancionó una reglamentación que conformaba una línea ascendente. Esta empezaba con la adscripción de los graduados, que después de tres años en esa categoría podían acceder al derecho de ser designados como docentes libres; tras permanecer cinco años en esta última condición arribaban a la categoría de profesores suplentes. Para alcanzar la condición de titulares debían acceder a un sistema de ternas elevadas por el Consejo Directivo al Consejo Superior y por éste al Poder Ejecutivo Nacional, quien era, finalmente, el que designaba. Este régimen fue adoptado por varias instituciones.           

La intolerancia

El período comprendido entre 1955 y 1966 se caracterizó por la impronta que impusieron los académicos enovadores.

Con el advenimiento de la dictadura militar encabezada por José Félix Uriburu, en 1930, se inaugura en el país un período signado por las interrupciones sucesivas al orden constitucional y los intentos de controlar el poder emancipador de las universidades. En esa oportunidad se instauró un régimen de persecución sobre aquellos docentes y estudiantes que defendían los principios y avances reformistas. Las principales universidades fueron intervenidas; los alumnos fueron limitados en su representación; se promulgaron nuevos estatutos en varias universidades y los docentes no funcionales al régimen fueron expulsados y reemplazados.
Pero este proyecto de transformación fracasó cuando el propio régimen militar debió abandonar el poder y convocar a un nuevo proceso de normalización. El gobierno del entrante Agustín P. Justo restituyó los estatutos de los años ‘20 y todo volvió a empezar. Con diferentes matices y consecuencias, la historia se repetiría, en el país y las universidades, tras los golpes de Estado de los años ‘43, ‘55, ‘66 y ‘76.
La política implementada por el primer gobierno peronista presentó ciertas características propias de la intolerancia de la época. La mayoría de las universidades fueron intervenidas. En un corto plazo fue desplazado casi un tercio del total de los profesores. Entre muchos destacados que abandonaron su carrera docente se encontraban Bernardo Houssay, Juan Garrahan y Ricardo Rojas. Durante estos años también se quebró el proceso de carrera académica que había funcionado con aceptable grado de previsibilidad.

La carrera de investigador en el CONICET
Existen a nivel nacional otros organismos que también establecen una carrera académica para sus agentes. Por ejemplo, el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET), que es el principal organismo dedicado a la promoción de la ciencia y la tecnología en la Argentina. El CONICET fue creado en 1958 por un Decreto Ley y su fundador fue Bernardo A. Houssay, Nóbel en Química en 1947. El organismo está conducido por un Directorio integrado por ocho miembros y un Presidente, este último designado por el Poder Ejecutivo Nacional. Los 8 miembros surgen de diferentes ternas constituidas por investigadores, el Consejo de Universidades, organizaciones de la industria, el agro y los gobiernos provinciales.
La carrera de investigador del CONICET se compone por cinco categorías: Asistente, Adjunto, Independiente, Principal y Superior. Generalmente el investigador ingresa a la carrera por la categoría Asistente, luego promociona a las otras. La categoría Asistente tiene un máximo de edad de 35 años para ingresar. Si el aspirante tiene una edad mayor puede entrar en las categorías superiores, siempre que cumpla otros requisitos exigidos. Para ingresar en la categoría más baja –Asistente- el organismo requiere de sus aspirantes el titulo de doctorado, salvo excepciones debidamente fundadas.
La permanencia máxima en la categoría más baja es 5 años. Si en este lapso el investigador no ha promocionado su categoría, no ha ascendido, automáticamente queda afuera de la institución. El investigador Asistente debe presentar un informe anual para ser evaluado. En cada informe puede solicitar la promoción de categoría. Las restantes categorías son permanentes. Un investigador puede estar de por vida en la categoría Adjunto, por ejemplo, o ir subiendo, pero ya no tienen límites de tiempo. Pero en las categorías Adjunto, Independiente, Principal y Superior el investigador debe presentar un informe bianual para mantenerse y para ascender de categoría. El informe puede ser aceptable o no aceptable. Si a un investigador no se le aceptan dos informes, queda afuera de la carrera. Esto es para todas las categorías. Así se maneja el CONICET desde su creación, con modificaciones mínimas.

No obstante, luego de esa primera etapa, acorde con la visión del peronismo, se dispuso la gratuidad para la educación superior y la eliminación de los exámenes de ingreso. Esas medidas generaron un incremento importante de la matricula, ante lo cual, en un plazo muy breve, se realizaron designaciones interinas primero y efectivización por concurso después. También se instauró el régimen de dedicación exclusiva docente y se crearon nuevas facultades en ámbitos de las universidades existentes.  

La época de oro y un final repetido

El período comprendido entre 1955 y 1966 se caracterizó por la impronta que impusieron los académicos renovadores. Fue una etapa marcada por las transformaciones de las estructuras curriculares y el prestigio adquirido por docentes e investigadores. El inicio de un proceso de concursos dio paso a una auténtica renovación generacional del profesorado. Los jurados evaluadores se conformaron con reconocidos especialistas extranjeros y muchos de quienes ganaron los concursos fueron intelectuales y científicos de prestigio que volvían del exilio. Los criterios que operaron en estos concursos fueron innovadores, ya que se consideraron las publicaciones en revistas internacionales con arbitraje y la capacidad para formar discípulos, más que la mera antigüedad docente.  
El interés por vincular la docencia con la investigación se expresó a partir de la expansión del sistema de dedicación exclusiva, lo que presuponía que el profesor consagraba la mayor parte de su tiempo a investigar. Fue por entonces, 1958, cuando se creó el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y la universidad fue concebida como un ámbito privilegiado para la creación intelectual y científica. Nació así un nuevo perfil docente: el de investigador.
En este período se equiparon las universidades; modernizaron las bibliotecas; se crearon nuevas carreras y se reemplazaron los cursos anuales por cuatrimestrales. A pesar de esto, este periodo estuvo caracterizado por los reclamos estudiantiles. Los estudiantes se movilizaban contra los exámenes de ingreso, el aumento de aranceles en los comedores y las restricciones presupuestarias. Esta reivindicaciones, inspirada en idearios reformistas y revolucionarios, profundizaron las divisiones en la comunidad académica. El proceso finalizaría en el ‘66 con un nuevo golpe de Estado, y como consecuencia del régimen impuesto, los más calificados equipos de investigación fueron desmantelados y alrededor de 300 docentes e investigadores terminaron en el exilio.

Volver a empezar

Desde su entrada en vigencia, el régimen de Control de Gestión de la UNSJ nunca modificó la condición de algún docente.

En 1983, tras la última dictadura, los requerimientos establecidos para normalizar la universidad obligaron a implementar un masivo proceso de concursos. Un requisito indispensable para avanzar en la normalización consistía en contar con, al menos, el 51% de los profesores concursados. Se estima que entre 1984 y 1988 se sustanciaron con ese propósito cerca de 15.000 concursos. Por esos años se volvió a inducir al docente a la investigación y a los estudios de posgrado. La mayoría de las facultades crearon la Secretaría de Ciencia y Técnica. Además, el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) se constituyó como un ámbito de discusión de los problemas comunes del sistema. Pero la crisis económica nacional, el crecimiento masivo de la matrícula y la falta de inversión presupuestaria no dejaron lugar para los avances académicos y los ímpetus renovadores se desvanecieron.
Durante los noventa, los temas vinculados con la gestión de presupuesto, las políticas de admisión de los estudiantes, la forma de remunerar a los docentes y no docentes, el lugar de la investigación y la conformación de la oferta curricular fueron puestos en cuestión. En esta década se instrumenta el Programa de Incentivos para docentes-investigadores y se crea el Fondo para el Mejoramiento de Calidad Universitaria (FOMEC). El objetivo fue introducir la cultura de la calidad y la evaluación en las universidades. Con ese espíritu se sancionó la Ley de Educación Superior vigente y se creó la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU), cuya función consiste en acreditar la calidad de las carreras reguladas por el Estado y, en líneas generales, del funcionamiento de todas las universidades del país. 

¿Y en la UNSJ?

Modelos de Carreras Académicas

La mayoría de los modelos de carreras académicas (CA) coinciden, por lo general, en la forma de reglamentar el ingreso, esto es, por concurso abierto de antecedente y oposición. Lo que varía en los diferentes modelos son las condiciones para la permanencia y promoción. Para la primera instancia, básicamente, se consideran dos alternativas: examen de reválida o reválida a través de informes. Para la promoción, se presentan también dos posibilidades: por concurso abierto o cerrado entre los miembros de la carrera académica. En el caso del último proyecto considerado y rechazado por el Consejo Superior (CS) de la UNSJ, el sistema de ingreso propuesto era por concurso abierto, la permanencia por informe de pares (internos y externos) más la valoración de los alumnos obtenida mediante encuestas y, finalmente, la promoción por concurso cerrado entre los miembros de la CA, en primera instancia.

La UNSJ registra una historia menos prolongada que otras casas de estudios del país, sin embargo presenta las mismas discontinuidades derivadas del contexto político nacional.
La universidad pública con asiento en San Juan fue creada en 1973, pero hasta 1989 sus disposiciones normativas estuvieron basadas en el Estatuto de la Universidad Nacional de Cuyo (UNC). Algunas de las reglamentaciones de esa época establecían que los docentes eran designados por concurso, los titulares por el término de tres años, los asociados y adjuntos por siete años y los auxiliares por dos años. La estabilidad en el cargo llegaba por medio de un nuevo concurso o consiguiendo el voto de las dos terceras partes del total de los miembros del Consejo Académico respectivo. En el caso de los asociados y adjuntos se requería, además, un informe favorable del profesor titular.
El Estatuto sancionado en 1989 modificó ese sistema al establecer que el ingreso y la promoción de categoría de los docentes debían hacerse por concurso abierto de antecedentes y oposición, con permanencia indefinida en el cargo para quienes resultaran ganadores. Después, el Consejo Superior (CS), reglamentando lo dispuesto por el Estatuto, creó un Sistema de Control de Gestión Docente, que establecía una evaluación vertical que prescindía de los pares.
Este sistema, aún vigente, establece que el control se efectúa “...anualmente por tercios seleccionados aleatoriamente de entre profesores pertenecientes a cada unidad académica de cada facultad. Esta selección se realizará una sola vez para definir así el año en que corresponde la evaluación para cada tercio, y se repetirá a partir de entonces, en forma cíclica cada tres años para cada profesor que sea aprobado…”.

Sobre un total de 2.674 cargos
docentes en la UNSJ, sólo
el 44,8 % están concursados.

Hoy el sistema es duramente cuestionado, al percibirse como un mecanismo excesivamente burocrático, rasgo que deviene de la verticalidad del procedimiento, muy lejos del sentido que pretendieron darle quienes trabajaron en su diseño.
La aplicación de este régimen constituye hoy, en rigor de verdad, un trámite meramente administrativo sin ningún signo académico. Tanto es así que, desde su entrada en vigencia, el régimen de Control de Gestión nunca modificó la condición de algún docente. Esta situación es la que permite aseverar que no existe una instancia de evaluación institucional práctica y efectiva sobre la actividad docente en la UNSJ.

Por los puntos

¿Por qué no hay más
cargos concursados?

Consultados diferentes académicos de la UNSJ sobre los principales motivos por los cuales no hay más cargos concursados, las razones más citadas fueron:
- Porque aún no se la asume como una obligación institucional impostergable para acceder a los cargos docentes.
- Porque quita flexibilidad a la hora de cubrir necesidades emergentes en áreas vinculadas.
- Por falta de presupuesto para traer los miembros externos del jurado, en las épocas de crisis.

Por otra parte, según la reglamentación vigente, cuando un cargo docente queda liberado en alguna facultad, por renuncia, jubilación o fallecimiento del titular, el 50% de los puntos que forman ese cargo deben quedar en la unidad de origen y el otro 50% pasar a una especie de bolsa general. Con esos puntos, en teoría, se conforman nuevos cargos que se otorgan a determinadas áreas según las necesidades académicas. Pero esa misma normativa (65/97 del CS) señala también que los puntos liberados pueden quedar en la unidad de origen (donde se produjo la vacante), si es que existen razones académicas fundadas y la autoridad de esa unidad así lo solicita.
Este último criterio es el que viene aplicándose regularmente en todas las unidades de la UNSJ, y no siempre los puntos “retenidos” han sido destinados a ampliar dedicaciones docentes (la normativa habilita usar las economías provenientes de liberación de puntos en otros fines, por ejemplo gastos corrientes). El criterio imperante es, entonces, “si los puntos liberados son de aquí, de aquí tienen que seguir siendo”.
Esta situación le ha quitado movilidad al sistema y ha consolidado un criterio en la distribución de puntos entre los departamentos y las facultades que responde a pautas históricas más que a las necesidades emergentes en los últimos años, porque si bien es cierto que hay necesidad, por lo general, de contar con más docentes en todas las unidades, no es menos cierto que hay unidades que están más necesitadas que otras, tal es el caso de aquellos departamentos en los que se crearon nuevas carreras.

Plantel docente en la UNSJ

La ley de Educación Superior estableció que para agosto de 1998 (tres años posteriores a su sanción) las universidades nacionales debían tener el 70% de sus plantas docentes concursadas. Sin embargo, a casi 10 años del vencimiento de ese plazo, son pocas las instituciones que alcanzan ese porcentaje, entre ellas la UNSJ.
El siguiente cuadro muestra la planta de cargos docentes de la UNSJ y el porcentaje de concursados efectivos. Debe considerarse en la lectura que hay casos de cargos docentes efectivos (concursados) con licencia sin goce para ocupar cargos superiores como interinos o transitorios. En otros casos, hay docentes interinos con licencia para ocupar cargos transitorios o reemplazantes. Por otra parte, algunos cargos transitorios están creados a partir de las licencias de cargos interinos o efectivos y otros se crearon con partidas específicas autorizadas por el CS.

UNSJ
CARGOS DOCENTES
EFECTIVOS CONCURSADOS
PORCENTAJE
2674
1199
44,8 %

En otro orden, entre las consecuencias generadas por esta normativa debe considerarse otro fenómeno que contribuyó ostensiblemente a la precarización de las condiciones laborales del docente en los últimos años: los puntos liberados por un cargo mayor casi siempre son utilizados para crear o completar cargos menores, aunque la responsabilidad y exigencia laboral para quienes ocupan esos cargos sean tantas o más que las heredadas del cargo original.
Un dato revelador es la disminución del porcentaje de cargos exclusivos que presenta la UNSJ desde 1996 (antes de la aplicación de la disposición 65/97 del CS) hasta la actualidad. Por ejemplo, en el caso de los titulares exclusivos el porcentaje en 1996 era de 14,4%, sobre el total del plantel docente, y hoy es de 12,7%, según datos aportados por la Dirección de Censos y Estadísticas de la UNSJ.
La vacancia de cargos (por renuncia, fallecimiento o retiro) no tiene proporción con las necesidades emergentes en los últimos años en la universidad. Un factor importante que incide en esta situación es la negativa de muchos docentes a acogerse a los beneficios jubilatorios porque, fundamentalmente, el retiro no supone un beneficio económico, sino lo contrario. La UNSJ tiene en la actualidad 77 docentes en condiciones de jubilarse. De prosperar los reclamos por la restitución del 82% móvil, es probable que muchos de ellos optaran por acogerse al régimen.

Los últimos intentos

Uno de los últimos intentos por elaborar un régimen de carrera académica para la UNSJ fue en 1992. Por entonces, después de grandes esfuerzos, las comisiones de Investigación y Académica del CS lograron consensuar un proyecto que proponía un régimen de ingreso por concurso abierto y de promoción de categorías y dedicaciones por concurso cerrado entre los docentes que ya pertenecían al sistema. Además, planteaba un riguroso control de gestión con evaluación periódica para la permanencia. La letra y el espíritu del proyecto apuntaban a incrementar las dedicaciones exclusivas e incentivar a los docentes a destinar parte de su carga horaria a la investigación.
La propuesta fue considerada y aprobada por el CS, sin embargo su entrada en vigencia quedó condicionada a una modificación estatutaria futura, ya que algunos de sus artículos colisionaban con el marco normativo que establecía el estatuto de la UNSJ. El CS nunca convocó a la Asamblea Universitaria para considerar tal situación y la disposición fue desvaneciéndose hasta convertirse en material de archivo.
Según el doctor Francisco Garcés, por esa época presidente de la Comisión de Investigación del CS y autor de la malograda iniciativa, el proyecto no prosperó por la resistencia de la docencia a ser controlada en su práctica. “Yo pensaba que se podía hacer un régimen que ofreciera estabilidad, pero que también tuviera un control de gestión efectivo”, recordó el hoy subdirector del Instituto de Energía Eléctrica de la Facultad de Ingeniería.

¿Calidad vs estabilidad?
El Estatuto de la UNSJ garantiza estabilidad indefinida para el docente que gana un concurso, es decir, de por vida. La única manera de que un docente deje el cargo es por fallecimiento, renuncia, retiro o por vía de juicio académico por mal desempeño. Muy pocas universidades en el mundo tienen un régimen docente con estas características.
Este sistema es muy cuestionado, en principio por la misma CONEAU, y también por algunos sectores académicos, que entienden que el docente que efectiviza, no en pocos casos, pierde motivación y compromiso. Para éstos, la permanencia en un cargo docente debe revalidarse con cierta regularidad, lo que contribuirá a que el sistema tenga siempre profesores idóneos y dispuestos a actualizarse en el ejercicio profesional. En contraposición, otros sectores, especialmente los sindicales, aseguran que la estabilidad indefinida no atenta contra la calidad educativa, sino que, por el contrario, proporciona condiciones óptimas para que el docente desarrolle a pleno sus capacidades. Para estos sectores el problema no radica en la estabilidad indefinida sino en la falta de un régimen de evaluación periódica y efectiva que obligue al docente a superarse año a año.

El actual gobierno de la UNSJ hizo de la ausencia de una carrera académica efectiva una de sus preocupaciones medulares de gestión. Así fue como en abril de 2007, después de cinco años de sucesivos debates y modificaciones, llegó al Consejo Superior el “Proyecto de Reglamento de Carrera Académica” y el “Sistema de Evaluación Periódica para los docentes de la UNSJ”. El proyecto, que había sido presentado por una Comisión Ad Hoc integrada por representantes de cada facultad, elegidos por los Decanos y designada por el CS, concentraba los aportes realizados por los claustros docentes, diferentes comisiones del CS, el propio CS, como así también docentes e investigadores particulares.
Por entonces, todo hacía suponer que la UNSJ daría un salto de calidad en su vida institucional, sin embargo no fue así. El Consejo Superior desestimó el proyecto sin ofrecer otras alternativas y, aunque el proceso dejó como saldo valioso la participación y el debate que suscitó el tema, la deuda con la institución quedó pendiente.

BIBLIOGRAFÍA

Historia de las Universidades Argentinas.
Pablo Buchbinder, Editorial Sudamericana, 2005.

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PUBLICACIÓN DE LA SECRETARÍA
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