Para la
Real Academia Española, justicia significa igualdad,
equidad, imparcialidad y honestidad. Alcanza
y sobra con estos términos para entender por qué
entonces la justicia es uno de los principios más
nobles y elementales de la democracia, y como consecuencia
de ello, por qué cuando la justicia no funciona
lo que se pone en riesgo es la democracia misma. Desde
la perspectiva ciudadana, en los tiempos que corren la
administración del servicio de justicia está
muy lejos de los atributos que reúne el concepto
“justicia”. Por esta razón, Revista
La U invitó a reconocidos académicos
y profesionales del derecho a opinar sobre algunos de
los temas más críticos que presenta el sistema
judicial, especialmente el provincial. Esto fue lo que
dijeron.
LA JUSTICIA
EN SAN JUAN
Sánchez:
-Se encuentra en estado de colapso. No se dan respuestas
ágiles y eficientes. Las excepciones a esto, que
las hay y muy honrosas, desnudan las deficiencias señaladas.
Lo primero a tener en cuenta, cuando se habla de “funcionamiento
de la justicia”, es que éste no solamente
involucra a los jueces, sino también a abogados,
peritos y demás auxiliares. Todos tenemos alguna
cuota de responsabilidad y es necesario ejercer una sincera
autocrítica.
García
Castrillón: -Es normal, en el sentido de
su similitud con otras estructuras judiciales del país.
Naturalmente, estimo que todos queremos que sea mejor
y hacia eso se orientan los esfuerzos de todos los operadores
jurídicos. En este sentido destaco el incremento
de órganos judiciales de estos últimos meses,
y la actividad desplegada por las comisiones designadas
para revisar y modernizar los códigos que regulan
los procedimientos judiciales. Así también
el esfuerzo para perfeccionar, mediante cursos, a los
empleados y funcionarios judiciales.
Castro:
-En la justicia penal se viene experimentando un
incremento del ingreso de causas, tanto en la competencia
de instrucción como correccional, situación
que excede los recursos físicos y humanos. Esto
provoca un proceso de selección de aquélas
donde la atención se pone en los hechos de gravedad
y con imputado detenido; obviamente, esta inflación
provoca morosidad en el tratamiento de las causas que
no reúnen aquellas características. Atento
a esto, puedo decir que el funcionamiento de la justicia
no es el óptimo debido a la superación de
la capacidad de su estructura.
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LOS MENORES
Y LA LEY
Sánchez:
-Bajar la edad de imputabilidad puede llevar a que los
delincuentes utilicen a menores cada vez más chicos
para delinquir. La solución pasa por atacar las
causas de la delincuencia juvenil más que por intentar
combatir los efectos.
García
Castrillón: -Estimo que se considere la
posibilidad de disminuir, al menos en algunos casos, la
edad actual de imputabilidad penal, en razón de
que los jóvenes cada vez acceden con más
celeridad a condiciones personales aptas para manejar
sus propios actos y asumir responsabilidades por ellos.
También considero indispensable que el Estado prevea
los medios adecuados para el reencausamiento social de
los menores que incurren en delitos, y eso exige mucho
más que aumentar las posibilidades de imponerles
una pena.
Castro:
-La determinación de la edad mínima
de imputabilidad no es el núcleo de la discusión.
La atención debería volcarse en el desarrollo
de políticas sociales que tiendan a evitar que
los menores, la mayoría de ellos vulnerados en
sus derechos fundamentales, se encuentren en conflicto
con la ley penal. La discusión sobre la edad de
imputabilidad sin la asunción de aquella responsabilidad
tiene por objeto ocultar el verdadero problema.
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Principales
problemas que atentan contra la calidad judicial
Revista La U realizó
especialmente para esta nota un sondeo de
opinión entre un importante número
de abogados matriculados de la provincia.
Allí se les consultó sobre cuáles
son los principales problemas que atentan
contra la calidad judicial en San Juan; y
de acuerdo a las respuestas obtenidas, estos
fueron los problemas mencionados y el orden
en el que prevalecieron:
* Morosidad judicial: Las
demoras responden a una multiplicidad de causas
que concurren a generar demoras, complejidad
e incomprensibilidad de algunos trámites
judiciales.
* Carencia de infraestructura edilicia
adecuada: La función judicial
requiere de una dimensión física
óptima para generar resultados óptimos.
No es sólo el problema de la dispersión
de los organismos judiciales en varios edificios,
sino también que éstos no fueron
construidos para cumplir funciones judiciales.
* Politización del procedimiento
para la elección de magistrados:
La designación de jueces sin antecedentes
jurídicos consistentes desprestigia
a la justicia como institución y acrecienta
las sospechas de la ciudadanía de un
poder judicial condicionado por la política
partidaria.
* Falta de preparación y contracción
al trabajo de algunos jueces: El
“exceso de trabajo en los Juzgados”
ya suena más a excusa que realidad.
Si algunos jueces están al día,
muchos otros podrían estarlo también.
* Falta de lealtad en algunos abogados
litigantes: La “dinámica”
que adquieren los litigios suelen hacer olvidar
a los abogados que también ellos tienen
por objetivo la justicia. |
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¿EL DELITO
SE COMBATE AUMENTANDO LAS PENAS?
Sánchez:
-Jamás el aumento de las penas disuade del delito.
El maestro Ramella solía decir que lo que contribuye
a disminuir el índice de delincuencia, más
que penas altas, es la efectiva aplicación de las
mismas. De nada sirve tener penas altas si después,
por cualquier subterfugio procesal, el sujeto queda libre
al poco tiempo. Las que sí habría que aumentar
son las penas para los delitos contra la administración
pública.La lucha contra el delito no pasa por el
Código Penal. Sin perjuicio de que pueda hacerse
algún retoque, lo que hace falta es un trabajo
serio en un doble sentido: por un lado, remover las causas
que dan origen a la marginalidad, para disminuir los índices
de determinados delitos, sobre todo los delitos contra
la propiedad; por el otro, convertir a la seguridad en
una política de Estado, de modo que las estrategias
de prevención y lucha contra el delito tengan la
continuidad necesaria a lo largo del tiempo, con independencia
de quien gobierna.
García
Castrillón: -No me parece necesario aumentar
las penas y menos si se cree que con ello se lograría
disminuir el delito. Optimizar la represión, para
juzgar y resolver en tiempo breve, con efectivo control
del cumplimiento de las penas que se impongan, me parece
más conveniente. Está comprobado que el
simple aumento de la gravedad de penas, como solía
expresar el maestro Núñez, no genera un
directo y proporcional efecto disuasorio sobre la comisión
de delitos. Si se cree que sólo reformando el Código
Penal, aumentando el catálogo de conductas ilícitas
o prohibidas, y las penas que les corresponden, se mejora
la lucha contra el delito, se está en un error,
y eso ya lo hemos comprobado.
Castro:
-La historia de la ciencia penal muestra que el agravamiento
de las penas para el delito en general no ha contribuido
a la disminución de los índices de criminalidad.
El tema de los homicidios culposos en nuestro país,
por ejemplo, se encuentra fuertemente vinculado con el
tráfico vehicular. En consecuencia, estimo que
la solución solamente puede provenir de una inversión
en la educación vial. El acudir al aumento de las
penas implica el reconocimiento del fracaso del Estado
en sus programas de prevención. Estimo que el Código
Penal debe ser sometido a una revisión integral
para ocuparse de modo orgánico y sistemático
de las nuevas formas de la criminalidad como los delitos
informáticos, el crimen organizado, los delitos
cometidos a través de las personas jurídicas,
etc.; a la vez que los institutos de la Parte General
como el de la prisión preventiva y el principio
de legalidad, entre otros, que necesitan ser adaptados
a las nuevas corrientes.
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JUICIOS POR
JURADO (Ciudadanos jueces)
Sánchez:
-Los juicios por jurados tienen graves falencias, que
han quedado muy bien marcadas en los países en
los que se aplica. Básicamente porque la justicia
queda en manos de legos, que no saben derecho y que no
están entrenados para evaluar pruebas. En no pocas
ocasiones la balanza se inclina hacia el lado del letrado
con mayor verba. La credibilidad de la Justicia pasa por
la independencia y capacidad de los jueces y el funcionamiento
adecuado del sistema.
García
Castrillón: -La Constitución Nacional
manda que todos los juicios, en especial los penales,
se diriman ante jurados, y le impone al Congreso Nacional
la obligación de establecerlos. A pesar de los
años transcurridos, desde que rige el texto constitucional,
nunca se ha cumplido ese mandato. En Córdoba, en
donde se aplica este modo de resolver algunos juicios
penales, está dando buenos resultados. Establecer
los jurados no sólo mejorará el funcionamiento
y la credibilidad en la jurisdicción, sino que
será cumplir con un mandato constitucional expreso
y adecuar la actual administración de justicia
al Estado de derecho.
Castro:
-Este sistema de enjuiciamiento es practicado, en general,
por países regidos por el derecho consuetudinario,
situación que no se verifica en nuestro país.
De todos modos, constituye una opción válida
si se adecua a nuestro sistema jurídico, como lo
está haciendo Córdoba. Es un modo de hacer
participar a la comunidad en las decisiones jurisdiccionales
y en su consecuente responsabilidad.
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¿TODOS
SOMOS IGUALES ANTE LA LEY?
Sánchez:
-La razón por la que las cárceles
están llenas de pobres es muy simple: somos todos
iguales, pero hay algunos más iguales que otros.
Los llamados “ladrones de guante blanco”,
los gobernantes inescrupulosos, los narcotraficantes,
los grandes evasores de impuestos, rara vez caen presos.
La justicia suele caer con abrumadora frecuencia sobre
los “ladrones de gallinas”, que no tienen
conocidos, carecen de poder y no pueden hacer lobbys.
García
Castrillón: -El sistema selectivo de represión
punitiva es uno de los que más críticas
ha provocado dentro de los estudios criminológicos.
Estadísticamente se ha comprobado que los hechos
sometidos a la acción judicial responden a una
cierta categoría, y también de personas,
que resultan ser la consecuencia de mecanismos de selección
informales e incontrolados. Por lo común se trata
de hechos relativamente fáciles de investigar cometidos
dentro de una franja social marginal. Otro tipo de hechos
(corrupción política, abusos de poder, grandes
delitos económicos, crimen organizado), parecen
escapar a los mecanismos estatales de control, generando
una irritante y notoria desigualdad. Lamentablemente,
estimo que una buena parte de nuestra población
siente que tenemos una pobre justicia penal para los pobres.
Y eso lesiona uno de los pilares fundacionales de la democracia,
que es la igualdad ante la ley.
Castro:
-Las cárceles están llenas de pobres porque
constituye el síntoma de la situación socio-económica
por la que viene atravesando el país, donde el
fenómeno de la exclusión es frecuente. Al
mismo tiempo, el problema de la población carcelaria
está ligado a lo anticuado de nuestro sistema excarcelatorio
que ha alterado el principio de inocencia.
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LA CORTE Y LOS
CORTISTAS
Sánchez:
-Hay una ecuación infalible: “buenos jueces
independientes, países prósperos; malos
jueces, países subdesarrollados”. Teniendo
esto en cuenta y mirando como está hoy la Argentina,
puede obtenerse una conclusión sencilla. La Corte
Nacional y muchas provinciales han sido funcionales al
poder de turno y avalaron verdaderos atropellos con fundamento
en la llamada “teoría económica del
derecho”.
García
Castrillón: -A los actuales integrantes
de la Corte local se les ha promovido, en diferentes ocasiones,
por distintas causas, y por varias personas, pedidos de
remoción, mediante juicio político ante
la Cámara de Diputados y han sido todos rechazados,
por los fundamentos que en cada caso la Comisión
Investigadora de la Sala Juzgadora expresara y así
se pronunció el Poder del Estado que, según
la Constitución, puede remover a los ministros
de la Corte. No veo ninguna razón que permita,
fuera de las causas y procedimientos fijados por la Constitución
Nacional y Provincial, remover a los miembros de la Corte
y de ningún tribunal.
Castro:
-Dentro del ámbito penal considero que la tarea
de la Corte ha sido satisfactoria, a pesar de los problemas
estructurales que acusa el sistema en general. En los
últimos años se ha expedido en temas cruciales
como la prescripción, los límites objetivos
al recurso de casación y la prisión preventiva,
entre otros, donde se advierte un ajuste de la jurisprudencia
local a los postulados básicos de los derechos
humanos.
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PRIVILEGIOS
Sánchez:
-No estoy de acuerdo con que los jueces tengan la opción
de cobrar antigüedad desde el momento en que se recibieron
de abogados, ni con nada que signifique un privilegio
o un apartamiento del principio de igualdad. Ni para los
jueces ni para nadie. Por eso mismo, me parece altamente
lesivo que los jueces no paguen impuesto a las ganancias,
como lo hacen empresarios y profesionales, entre otros.
Es un privilegio irritante, por la violación al
principio de igualdad y porque proviene precisamente del
sector que debe impartir justicia.
García
Castrillón: -No estoy de acuerdo con que
cobren antigüedad desde el momento que se recibieron
de abogados. La compensación de los magistrados
debe ser según la Constitución, es decir,
una “compensación” que, de acuerdo
a lo definido por la Corte Suprema de Justicia, es “intangible”,
de modo que todos los magistrados, de la misma categoría,
perciban una compensación similar. Respecto a la
exención al pago de impuestos a las ganancias,
ello se debe a una sentencia de la Corte Suprema basada
en la naturaleza de las compensaciones de los magistrados,
que no son “salarios”, ni “sueldos”,
y que se aplica para respetar la intangibilidad. De
tal modo, no es violatorio del principio de igualdad ante
la ley; es una cuestión no discutible ya que ha
sido judicialmente resuelta.
Castro:
-El sistema vigente en la provincia tiene por finalidad
primar la excelencia en el desempeño de la magistratura
de modo que los que accedan a ella sean “los mejores”.
El problema surge cuando aquella relación no existe
o se ha quebrado. En esta hipótesis cualquier remuneración,
por baja que sea, siempre será excesiva.
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¿Cómo
se eligen los jueces?
La Constitución
provincial establece que la responsabilidad
en la selección de los jueces recae
en dos organismos: el Consejo de la Magistratura
y la Cámara de Diputados.
El Consejo de la Magistratura
es el órgano encargado de proponer
por ternas a la Cámara de Diputados
el nombramiento de magistrados judiciales,
titulares del Ministerio Público y
Fiscal de Estado; también propone el
traslado de los magistrados y resuelve los
concursos abiertos de antecedentes y oposición
para las vacantes. La Legislatura,
por su parte, evalúa los antecedentes
de los nominados por el Consejo y designa
a los magistrados.
El Consejo de la Magistratura está
integrado por dos abogados en ejercicio de
la profesión (se eligen en elección
secreta y obligatoria, entre los habilitados
por el Foro de Abogados de San Juan); un legislador
provincial (lo designa la Cámara de
Diputados); un miembro de la Corte de Justicia
(se elige por sorteo entre sus miembros) y
un ministro del Poder Ejecutivo (lo designa
el gobernador). El ejercicio de estas funciones
dura cuatro años, pudiendo ser reelectos. |
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LA JUSTICIA
Y EL PODER POLíTICO
Sánchez:
-Creo que existen jueces en San Juan con un alto
grado de independencia, que prestigian la función,
y otros cuyo pasado se asoma cada tanto. Lo que creo criticable
es la actitud corporativa del Poder Judicial, que carece
de la debida autocrítica y no ha desarrollado mecanismos
internos de autodepuración. Después está
el tema de las presunciones: si alguien es apoderado de
un partido político o diputado y pasa a ser juez
sin escalas, por nombramiento del mismo partido político
al que pertenecía, habrá quien pueda dudar
de su independencia.
García
Castrillón: -Creo que los magistrados resuelven
las causas de acuerdo con las leyes vigentes y libres
de presiones políticas; claro que la mayoría
del pueblo no comparte mi opinión y cree lo contrario,
a partir de la intervención que tiene el poder
político en el proceso de designación y
juzgamiento de los jueces. Debo admitir que hay una gran
desconfianza en la honestidad y libertad de todas las
instituciones, entre las cuales están los órganos
del Poder Judicial. Las causas que han generado esta situación
han sido diversas y variadas, y hay que reconocer que
no estamos exentos de responsabilidad los mismos magistrados
y operadores jurídicos.
Castro:
-Creo que el poder judicial provincial se maneja con independencia
del poder político. No cuento con ningún
elemento que demuestre, en el ámbito de la justicia
penal, que la realidad sea otra.
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ELECCION DE
LOS JUECES
Sánchez:
-La elección por el Consejo de la Magistratura
es un acierto. Deben introducirse dos modificaciones:
cambiar la composición para despolitizarlo, eliminando
los representantes del Poder Legislativo (los que tendrán
oportunidad de opinar al analizar las ternas) y del Poder
Ejecutivo, y reemplazándolos por representantes
de las Universidades y, por otro lado, eliminar el puntaje
otorgado a “la entrevista” con los candidatos.
Hay que dejar que hablen los antecedentes y la oposición.
García
Castrillón: -Estimo más acertado
el sistema establecido por la Constitución Nacional,
que deja al Poder Ejecutivo la responsabilidad exclusiva
de pedir acuerdo al Senado para quienes proponga como
miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
y al Consejo de la Magistratura lo limita a proponer
ternas para los cargos de jueces inferiores. Siempre la
designación de los miembros de los órganos
de poder público depende de modo directo o indirecto
de la voluntad popular, que es en quien radica la soberanía. Por
tanto, no podría, invocándose una pretendida
mayor idoneidad para el cargo, soslayar o eludir la decisión
y responsabilidad política de la selección
y designación de los jueces y fiscales.
Castro:
-El sistema vigente no garantiza que los mejores accedan
a la magistratura debido a la ausencia de concursos de
antecedentes y oposición públicos. El órgano
seleccionador (Consejo de la Magistratura) debería
conocer a fondo la materia del fuero a la que aspira el
postulante y éste debería acusar amplia
experiencia en ella, además de su preparación
académica específica. De esta manera se
evitarían las improvisaciones y, más aún,
las capacitaciones sobre la marcha.
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¿CÓMO
SE RECUPERA LA CREDIBILIDAD?
Sánchez:
-Hace falta capacitación de jueces y funcionarios,
inversión en infraestructura, renovación
de la legislación procesal y control de eficiencia
en cada Tribunal, comenzando por la Corte. La morosidad
judicial no puede seguir siendo tolerada. También
el Foro de Abogados deberá contribuir, aportando
soluciones y proyectos y sancionando a los abogados que
se comportan con mala fe.
García
Castrillón: -Estimo que la crisis que afectó
al orden institucional también afectó al
Poder Judicial, pero no comparto la opinión de
aquellos que dan por cierto que la justicia local no goza
de credibilidad. De todos modos, creo que implementar
los juicios por jurados, en especial en materia penal,
lo que permitirá la directa participación
del pueblo en la función de evaluar las pruebas
del hecho y de la participación del imputado, nos
permitirá respetar las normas constitucionales,
mejorar el funcionamiento de la justicia, y aumentará
la credibilidad y comprensión de los fallos.
Castro:
-El tema de la credibilidad se encuentra vinculado con
cada momento histórico. El actual podría
ser calificado como de “incredulidad general”
ya que no sólo la justicia está bajo la
lupa, sino también, la clase política, los
medios de comunicación, las instituciones religiosas,
etc. A pesar de ello, pienso que una medida para acercar
al ciudadano común a la justicia es a través
de los medios de comunicación. Debería existir
en el Poder Judicial una oficina de prensa para responder
a los requerimientos del público en general.